La Ley de Paridad, en vigor desde el 22 de agosto de 2024, es una normativa clave en la lucha por la igualdad de género en España, promoviendo una representación equitativa de mujeres y hombres en puestos de decisión tanto en el sector público como privado. Entre sus objetivos principales está el asegurar que las mujeres ocupen al menos un 40% de los puestos en órganos colegiados, como consejos de administración y parlamentos, impulsando un cambio significativo en la representación femenina en altos cargos. En el blog de J.barber + Asociados, el Despacho de Abogados, ubicado en Gandia, te hablamos de ello.
Sin embargo, la entrada en vigor de esta ley ha provocado controversias debido a un error técnico en su redacción. Este fallo afecta particularmente a los trabajadores que soliciten el nuevo permiso retribuido de cinco días por el cuidado de un familiar tras accidente, enfermedad grave u hospitalización, así como a aquellos que soliciten una adaptación de su jornada laboral para la conciliación familiar. La polémica surge porque se ha eliminado la protección que calificaba como nulo el despido de trabajadores que se acogieran a estos derechos.
Conflicto legal por un error técnico
El problema tiene su origen en la anterior Ley Trans, que ya excluía la consideración de despido nulo para ciertos casos, como los de víctimas de violencia sexual. Esto, sumado a una modificación del Estatuto de los Trabajadores en junio de 2023, creó un vacío legal que afectó directamente la nueva Ley de Paridad. Esta situación ha dejado desprotegidos a los trabajadores que solicitan adaptaciones de jornada o el permiso de cinco días, permitiendo que los despidos en estas situaciones ya no sean automáticamente declarados nulos.
Además, la protección anterior del permiso de cinco días, que estaba contemplada en el Real Decreto Ley 5/2023, ha sido eliminada, generando incertidumbre entre empleados y empleadores.
Las lagunas de la Ley
Aunque el Estatuto de los Trabajadores ya protegía ciertas reducciones de jornada, no extendía esta protección a las víctimas de violencia sexual, y la Ley de Paridad no corrigió adecuadamente esta omisión. Esto ha dejado un vacío en la protección frente a despidos cuando los trabajadores solicitan adaptaciones de jornada para la conciliación familiar o el permiso de cinco días para el cuidado de un familiar enfermo.
Ante este panorama, los ministerios responsables aún no han anunciado una fecha para corregir esta deficiencia en la ley, lo que ha generado preocupación entre los trabajadores afectados.
Posición legal y recomendaciones
Desde J Barber + Asociados, como especialistas en Derecho Laboral, advertimos que los despidos de trabajadores que se acojan a una adaptación de jornada o al permiso de cinco días no serán automáticamente considerados nulos. Será necesario que el afectado pruebe que el despido se produjo por haber solicitado estos derechos, y será el juez quien decida si procede la nulidad del despido.
Por otro lado, es importante destacar que las empresas también tienen derecho a defenderse en caso de que detecten un uso indebido de estas adaptaciones o permisos. En este sentido, algunos expertos sindicales han señalado que no todos los despidos en estos casos deben ser automáticamente declarados nulos.
Trabajadores afectados
Los empleados que soliciten adaptaciones de jornada o el permiso de cinco días desde el 22 de agosto de 2024 deben estar preparados para enfrentarse a un posible despido sin la protección de nulidad automática. En este escenario, es crucial contar con asesoría legal para poder argumentar ante un tribunal que el despido fue injusto.
Tanto para empresas como para trabajadores, es esencial estar bien informados y contar con el respaldo de expertos en Derecho Laboral, como los abogados de J.barber + Asociados, para garantizar que los derechos de todas las partes se respeten y que las acciones legales sean correctamente llevadas a cabo. ¡Contáctanos para una consulta personalizada y asegúrate de estar bien asesorado en estas nuevas circunstancias legales!