La normativa fiscal se adapta continuamente a la realidad social y económica, lo que implica que impuestos cruciales como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Sociedades (IS) se actualizan periódicamente. Por eso, queremos hablarte de ello en el nuevo artículo del blog de J.barber + Asociados, tu asesoría de confianza en Gandia.
En este artículo, abordamos las principales características y novedades del Impuesto de Sociedades en España para 2024, incluyendo su definición, sujetos obligados, tipos impositivos, plazos de presentación y las recientes modificaciones legislativas.
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto de Sociedades (IS) es un tributo directo y de naturaleza personal que grava la obtención de renta por parte de personas jurídicas y, en ciertos casos, entidades sin personalidad jurídica. Según la Constitución, todos debemos contribuir al gasto público mediante el pago de impuestos, y mientras que las personas físicas lo hacen a través del IRPF, las personas jurídicas deben tributar mediante el IS por las rentas que generan.

Obligados a presentar el Impuesto de Sociedades
Podemos distinguir entre obligados con y sin personalidad jurídica. Las entidades públicas están obligadas pero exentas de presentar la declaración del IS, mientras que las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro gozan de una exención parcial.
Obligados con Personalidad Jurídica
- Sociedades mercantiles: anónimas, de responsabilidad limitada, etc.
- Sociedades civiles con objeto mercantil.
- Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.
- Sociedades cooperativas.
- Sociedades unipersonales.
- Sociedades agrarias de transformación.
- Asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro.
- Entes públicos.
- Agrupaciones de interés económico (AIE).
Obligados sin Personalidad Jurídica
- Uniones temporales de empresas.
- Fondos de pensiones.
- Fondos de inversión.
- Fondos de capital-riesgo.
- Fondos de garantía de inversiones y activos bancarios.
- Comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
- Entidades en régimen de atribución de rentas en determinados casos.
Tipo impositivo del Impuesto de Sociedades en 2024
- Sociedades generales: 23% para ventas hasta 1.000.000 de euros; 25% para mayores ingresos.
- Startups: 15%.
- Nuevas sociedades: 15% hasta 300.000 euros de base imponible; 20% para el exceso.
- Sociedades patrimoniales: 25%.
- Cooperativas fiscalmente protegidas: 20%.
- Entidades sin fines lucrativos: 10%.
- Fondos de inversión y activos bancarios: 1%.
- Entidades de crédito: 30%.
Plazos de presentación y pago del Impuesto de Sociedades
Declaración Anual
Para períodos impositivos coincidentes con el año natural, la declaración anual del IS debe presentarse entre el 1 y el 25 de julio de 2024 utilizando el modelo 200, o el modelo 220 para grupos de sociedades en régimen de consolidación fiscal. Si el período impositivo concluye antes del año natural, la presentación debe hacerse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
Pagos Fraccionados
Las entidades con resultado positivo en el ejercicio anterior o un volumen de negocio superior a seis millones de euros deben presentar pagos fraccionados trimestrales:
- Primer pago: del 1 al 20 de abril de 2024.
- Segundo pago: del 1 al 20 de octubre de 2024.
- Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre de 2024.

Novedades del Impuesto de Sociedades en 2024
Homogeneización en la UE
Desde el 1 de enero de 2024, una Directiva de la UE establece una imposición mínima del 15% para multinacionales con una cifra de negocios superior a 750 millones de euros, creando un impuesto complementario al IS para estas entidades.
Tipo Reducido
El tipo reducido del 23% se aplica a entidades con ingresos hasta un millón de euros, reduciendo el anterior 25%.
Empresas Emergentes y Nuevas Sociedades
- Startups y nuevas sociedades (con base imponible inferior a 300.000 euros) disfrutarán de un tipo reducido del 15% durante los primeros cuatro ejercicios.
- Aplazamiento automático de las cuotas del IS durante dos ejercicios.
- Exoneración de pagos fraccionados durante dos ejercicios.
Impuesto de Sociedades en la provincia de Valencia
En la provincia de Valencia, el Impuesto de Sociedades sigue la normativa general del territorio español. Las empresas deben cumplir con los mismos tipos impositivos y plazos de presentación mencionados anteriormente. Valencia, como parte de la Comunidad Valenciana, no tiene variaciones específicas en el IS más allá de las establecidas a nivel nacional, asegurando uniformidad en la aplicación del impuesto en toda la región.
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