El crecimiento exponencial de las criptomonedas en los últimos años ha venido acompañado de un refuerzo significativo del control fiscal por parte de la Administración tributaria. En este contexto, el modelo 721 se configura como una obligación informativa clave para aquellos contribuyentes que mantengan criptoactivos custodiados fuera de España.
A pesar de tratarse de una declaración informativa —y no de un impuesto en sí mismo—, su incumplimiento puede dar lugar a sanciones relevantes. Por ello, resulta imprescindible conocer con precisión cuándo existe obligación de presentarlo y qué información debe incluirse.
Qué es el modelo 721 y cuál es su marco normativo
El modelo 721 es la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero, introducida como parte del proceso de adaptación del sistema fiscal español a la realidad de los activos digitales.
Su origen se encuentra en la Ley 11/2021, que reforzó las obligaciones de información en materia de criptoactivos. Posteriormente, su regulación específica se desarrolló mediante la Orden HFP/886/2023, modificada por la Orden HAC/1504/2024, que concreta los requisitos formales, el contenido y el procedimiento de presentación.
En la práctica, este modelo actúa como el equivalente al tradicional modelo 720, pero aplicado exclusivamente al ámbito de las criptomonedas.

Quién está obligado a presentar el modelo 721
La obligación de presentar esta declaración recae sobre contribuyentes residentes en España que posean criptomonedas custodiadas en el extranjero, incluyendo:
- Personas físicas.
- Personas jurídicas.
- Establecimientos permanentes de entidades no residentes.
- Entidades sin personalidad jurídica, como comunidades de bienes o herencias yacentes.
La obligación no se limita únicamente a los titulares directos, sino que también alcanza a quienes sean beneficiarios, tengan poder de disposición o ostenten la titularidad real de los activos.
Además, debe tenerse en cuenta que esta obligación se mantiene incluso cuando la titularidad haya existido solo durante una parte del ejercicio, debiendo declararse en ese caso la información correspondiente al momento en que se extinguió.
Cuándo existe obligación de declarar criptomonedas en el extranjero
No todos los contribuyentes con criptomonedas fuera de España están obligados a presentar el modelo 721. La obligación surge únicamente cuando el valor conjunto de los criptoactivos custodiados en el extranjero supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. Superado este umbral, deben declararse todas las monedas virtuales, no solo aquellas que excedan dicho límite.
En ejercicios posteriores, la declaración solo deberá volver a presentarse cuando el valor conjunto de las criptomonedas aumente en más de 20.000 euros respecto de la última declaración presentada.
Qué se entiende por criptomonedas a efectos fiscales
A efectos del modelo 721, se considera moneda virtual cualquier representación digital de valor que no esté emitida ni garantizada por una autoridad pública, pero que pueda ser utilizada como medio de intercambio y ser transferida o almacenada electrónicamente.
Esta definición incluye criptomonedas, tokens y otros activos digitales negociables en plataformas basadas en tecnología blockchain.
Cuándo se considera que una criptomoneda está en el extranjero
Un aspecto esencial para determinar la obligación de declarar es la localización del activo.
Se entiende que las criptomonedas están situadas en el extranjero cuando la entidad que custodia las claves criptográficas privadas no está sujeta a las obligaciones informativas establecidas en España.
En la práctica, esto ocurre cuando los activos están depositados en:
- Exchanges internacionales.
- Plataformas de custodia extranjeras.
- Proveedores de servicios de criptoactivos no registrados en España.
La comprobación de si un proveedor está registrado puede realizarse a través del registro oficial del Banco de España.

Supuestos en los que no es obligatorio presentar el modelo 721
Existen determinados casos en los que no será necesario presentar esta declaración, como ocurre cuando no se supera el umbral de 50.000 euros o cuando las criptomonedas están correctamente registradas en la contabilidad de personas jurídicas o autónomos que lleven contabilidad conforme al Código de Comercio.
También quedan excluidas determinadas entidades parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades.
Información que debe incluir la declaración
El modelo 721 exige proporcionar información detallada sobre los activos y su custodia. Entre los datos más relevantes se encuentran la identificación de la entidad custodio, la tipología de las criptomonedas, el número de unidades y su valoración en euros a 31 de diciembre.
En caso de pérdida de la titularidad durante el ejercicio, deberá informarse del valor en la fecha en que esta se produjo.
Plazo de presentación
El modelo 721 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio al que se refiere la información.
La normativa prevé un breve margen adicional de cuatro días naturales en caso de incidencias técnicas que impidan la presentación dentro del plazo ordinario.
Régimen sancionador
El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a sanciones administrativas, que, aunque más moderadas que las del antiguo modelo 720, siguen siendo relevantes.
Entre ellas se incluyen multas por presentación fuera de plazo tras requerimiento, errores en los datos declarados o información incompleta. Por ello, resulta fundamental garantizar la correcta cumplimentación de la declaración.
Importancia de la planificación fiscal en criptoactivos
El modelo 721 pone de manifiesto el creciente control de la Administración tributaria sobre los activos digitales. Para inversores y empresas, supone la necesidad de integrar este tipo de obligaciones dentro de la planificación fiscal anual.
Revisar la localización de los criptoactivos, su valoración a cierre de ejercicio y la situación frente a esta obligación informativa resulta esencial para evitar riesgos innecesarios.
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